¿QUIEN ACTUA INSITITUCIONAL EN EL PRD?
ESTATUTOS GENERALES DEL PRD:
De la Comisión Política del PRD.
Artículo 34. La Comisión Política se reunirá ordinariamente cada siete (7) días y extraordinariamente cuantas veces la convoquen el (la) Presidente del Partido, el (la) Secretario (a) General o la tercera parte de sus miembros (as).
La matrícula de la Comisión Política del PRD depositada por MVM en la Junta Central Electoral el 18 de mayo del 2012 son 254 miembros (as), de los cuales 14 han dejado de ser por renuncia, apoyo a otros partidos o muertes. La tercera parte de su matricula son 80 miembros (as). Es decir la misma puede ser convocada por esos 80 miembros mínimos.
Nota : Como se puede observar, el Presidente del PRD, designado por Leonel, dice que es institucionalista, sin embargo, no convoca al organismo que estatutariamente norma su actuación como tal, según los estatutos del partido actúa bajo la ilegalidad.
También es importante notar que los propios estatutos dicen que, igual que el presidente “el Secretario General o la Tercera parte de sus miembros pueden convocar dicho organismo. Para los Miguelístas esto es ilegal, más no, la actuación de Vargas Maldonado fuera de los estatutos.